Decreto 1072 de 2015
El Decreto 1072 de 2015 establecido por el Ministerio de Trabajo es la cabeza del sector del trabajo en Colombia. Los objetivos del ministerio de trabajo son la formulación y la adopción de políticas, planes generales, programas y proyectos para el trabajo, respectar los derechos de los trabajadores, ofrecer garantías a dichos trabajadores, fortalecer, promocionar y proteger las actividades económicas, además de facilitar el entendimiento y el diálogo social para el buen desarrollo de las relaciones laborales. El ministerio de trabajo fomenta todas las políticas y las estrategias para la generación del empleo estable, la protección de los desempleados, la formación de las personas activas, la movilidad para ir al lugar de trabajo, las pensiones y otras prestaciones.
Existen diferentes órganos que se encargan de la asesoría y la coordinación en el Decreto 1072 de 2015, que son:
- Comisión permanente de concertación de las políticas en cuanto a condiciones laborales y salarios: Existe la denominada comisión permanente de concertación de políticas salariales y laborales que se encuentra adscrita al ministerio de trabajo y seguridad social que cuenta con una sede en la capital de Colombia. Se pueden establecer, en el momento que sea necesario, comités asesores por sectores económicos.
- Comisión del régimen de prima media con prestación definida dentro del Sistema General de Pensiones: se encarga de definir los criterios unificados de la interpretación de las normas que se encuentran relacionadas con el régimen de prima medio con prestación definida.
- Comisión para la gestión de los recursos humanos: se encarga de orientar y articular las políticas, planes, programas y acciones necesarias para llevar a cabo la estrategia nacional de gestión de recursos humanos.
- Comisión del sector de la economía solidaria: tiene con fin la coordinación de todas las acciones que realizan las entidades públicas que formulan e implementan la política del sector de la economía solidaria y regula las políticas pertinentes.
- Comisión para promover la formalización del trabajo digno en el sector público: tiene relación con la contratación de personal mediante las empresas de servicios temporales y las cooperativas de trabajo, con el fin de hacer las recomendaciones del gobierno nacional en estos aspectos y realizar el seguimiento de su implantación.
- Consejo nacional de riesgos laborales: se encuentra adscrito al ministerio de trabajo y tienes las funciones de recomendar la formulación de las estrategias y programas para el sistema general de riesgos laborales y aprobar el presupuesto general de gastos del fondo de riesgos laborales.
- Consejo nacional de mitigación del desempleo: se encuentra conforme a la Ley 1636 de 2013, estará integrado con el ministerio de trabajo, el ministerio de hacienda, el director del departamento nacional de planeación, un representante de los empresarios y un representante de los empleados. Tendrá las funciones de fijar las estructura de las comisiones por la labor administrativa de la compensación familiar con el fondo de solidaridad de fomento de empleo y protección al cesante, establecer todos los criterios de gestión y conocer y hacer seguimiento de los resultados objetivos por el fondo solidario de fomento al empleo y protección, establecer todos los criterios de la gestión y realizar el seguimiento a los resultados del servicio público de empleo.
- Comisión de la calidad de la formación para el trabajo: la comisión de la calidad de formación para el trabajo se encarga de definir las políticas de operación, evaluación y control del Sistema de la Calidad de la formación para el Trabajo.
- Consejo Nacional de Economía Solidaria: el consejo nacional de economía solidaria es un organismo autónomo y consultivo del gobierno nacional, que actúa frente a este como interlocutor y canal de concertación en los temas atinentes al sector de la economía solidaria en los términos conferidos por la ley.
- Consejo superior del subsidio familia: es la entidad asesora del ministerio de trabajo.
- Comité para la erradicación del trabajo infantil y la protección del menor trabajador: es un comité que se encuentra adscrito al ministerio del trabajo que tiene entre otras funciones las de asesorar, coordinar y proponer políticas y programas que tiende a mejorar la condición social laboral del menor trabajador y evitar la utilización de la mano de obra infantil.
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